- ¿Cómo se obtendrá una titulación oficial de hipnosis?
- ¿Cómo sería la evaluación para una titulación oficial de hipnosis?
- La futura titulación oficial de hipnosis
- Las dificultades de oficializar la hipnosis
- Negociando el futuro título oficial
- Preguntas frecuentes sobre la titulación oficial de hipnosis
- Otros temas de hipnosis que podrían interesarte
- Referencias
Parece que por fin llega una titulación oficial para hipnosis, pero no solo, también para otras áreas como el mindfulness y las terapias naturales no invasivas, entre muchas otras.
Naturalmente cuenta con toda la oposición del consejo general de colegios oficiales de psicólogos, y la organización médica colegial, pero todo indica que la decisión del gobierno está tomada.
Después de haber soportado durante años en España la continua intervención de los vendedores de humo haciéndose pasar por una escuela oficial de hipnosis, vendiendo sus máster y doctorados ilegales, entre otros fraudes monumentales (algo muy frecuente en España y Latino-América), parece que el Gobierno de España ha decidido acabar con las estafas masivas, al igual que antes lo hizo con su manifiesto de terapias consideradas como pseudociencias , y haciendo saltar por los aires el engaño continuado de la hipnosis regresiva, y los bandazos acientíficos de la hipnosis ericksoniana.
Escuela oficial falsa, federación falsa, asociación falsa … Posiblemente el mayor y más antiguo fraude en España.
Como se puede observar con claridad, los fraudes tratando de hacerse pasar por una escuela oficial o una institución legal son tan antiguas como frecuentes en España. En este caso, como en tantos otros, no se trata más que de personas trastornadas que ven en el delito común y la estafa un modo fácil de engaño, pensando como buenos trastornados que nadie se da cuenta de ello, y que pueden engañar a todo el mundo todo el tiempo.
No obstante, la decisión de regularizarlo por parte del gobierno se ha tomado ante unas previsiones de empeoramiento progresivo del empleo, con un más que previsible retorno a los peores años de la crisis económica anterior.
El Gobierno de España ha marcado como prioridad, dentro de una estrategia, muchas veces abordada antes pero nunca resuelta, fomentar la formación profesional y conseguir que más de 3 millones de españoles que poseen experiencia profesional adquirida durante años, pero sin una titulación oficial, puedan regularizar su profesión.
De esta forma lo anunció el presidente del Gobierno, en su rueda de prensa donde presentó la segunda fase para el plan estratégico de la formación profesional, en la que se invertirán 1.497 millones de euros en los próximos años.
¿Cómo se obtendrá una titulación oficial de hipnosis?
Esta reforma de la formación profesional tendrá unas repercusiones importantes a la hora de regular aquellas profesiones que trabajaban sin titulación oficial alguna, y actuará «como uno de los motores en el crecimiento económico y social tras la pandemia del COVID-19«, según defiende el presidente del Gobierno, especialmente en lo referido al sector servicios, sin embargo, su lentitud sólo se comprende por la dificultad en la regularización de algunas profesiones.
La primera parte de este proyecto se inició en 2018, y contemplaba ya entonces ampliar considerablemente la oferta de la formación profesional en España, que se especifica ahora con la incorporación de 200.000 nuevas plazas, que se irán incluyendo en los próximos cuatro años, y naturalmente la creación de nuevas titulaciones relacionadas con la digitalización, el mundo digital, y la formación online. La inversión inicial para este proyecto es de 316 millones de euros, destinando 127 millones a las nuevas titulaciones oficiales de competencias profesionales, en base a la experiencia adquirida.
En este última partida entrarían las titulaciones oficiales de aquellos profesionales, que han desarrollado su labor de forma continuada durante años, pero que carecen de una titulación oficial. Naturalmente, los candidatos a esta titulación oficial, deberán poder acreditar su experiencia mediante la correspondiente cotización como profesional autónomo, por un número de años no establecido todavía, pero que no parece inferior a los 5 años. No necesita aclararse, que con esta primera condición, se castigará de forma severa a aquellos profesionales que no cotizaron al estado, desarrollando su actividad en negro, que se estima en un 22% del P.I.B. De forma concisa y clara, si un profesional no puede demostrar su experiencia profesional mediante los resguardos de cotización, cuya copia conserva el ministerio de hacienda, no tendrán derecho a acceder a este programa de titulaciones oficiales.
Una vez superado este paso, y acreditada la experiencia profesional, deberá revisarse su formación, para lo que el profesional deberá presentar tantas diplomaturas de formación públicas y privadas que posea, naturalmente con la condición expresa de que sean legales, esto es, expedidas por una institución legalmente establecida, cuyo C.I.F. esté registrado en la administración pública, y con los permisos correspondientes para tal actividad. Tampoco necesita explicarse que con esta segunda condición, el Gobierno de España pretende localizar fácilmente aquellas entidades ilegales que han emitido diplomaturas de formación de forma ilegítima, y tampoco han cotizado al estado por ello. La mayoría de ellas, como es natural, ya han echado el cierre y han echo sus maletas, pero el Ministerio de Hacienda pretende perseguirles de forma individual hasta los últimos confines del territorio nacional.
La tercera condición es que deberán pasar o aprobar una evaluación específica que ratifique y rubrique un centro oficial de formación profesional, mediante el examen libre correspondiente, que se convocará con tiempo suficiente para su preparación, y que será publicado de forma oficial por cada comunidad autónoma, repartiendo los convocados entre los diferentes centros de formación profesional disponibles.
Con este nuevo modelo, serán las comunidades autónomas quienes convoquen de forma puntual este procedimiento para la regulación de competencias profesionales. La principal novedad de este nuevo plan del Ministerio de Educación, consiste en que esas convocatorias sean permanentes, es decir, los profesionales aspirantes podrán solicitar en cualquier momento su evaluación, con un objetivo inicial de que el 40% de los 11 millones de profesionales menores de 65 años con experiencia adquirida, pero sin titulación oficial, que son aproximadamente unos 3 millones, puedan regularizarse oficialmente en los próximos cuatro años. Desde que se comenzó este nuevo sistema de acreditación profesional en 2009, más de 266.000 personas han solicitado ya su regularización oficial, en las primeras convocatorias previstas en las diferentes autonomías.
¿Cómo sería la evaluación para una titulación oficial de hipnosis?
En el sector específico de la hipnosis, dada su conflictividad, el proceso no está todavía esclarecido en su totalidad. Según parece, quedarían excluidos de las condiciones previas, aquellos profesionales de la hipnosis cuya experiencia aportada y formación adquirida están relacionados con tipos de hipnosis catalogados oficialmente como pseudociencia por el Gobierno de España, como parece lógico, y también aquellos autónomos cuya relación con la hipnosis está vinculada al espectáculo y la representación, que entrarían en otro apartado completamente diferente, casi con toda seguridad, con un nombre también diferente, que según hemos podido saber, podría ser profesionales del espectáculo, donde entrarían también actores, poetas, profesionales del entretenimiento y la cultura, prestidigitadores, animadores sociales … etc.
La futura titulación oficial de hipnosis
Lo que parece ya meridianamente claro es que sólo se regulará oficialmente la hipnosis clínica (sin añadidos imaginativos de ningún tipo como terapéutica, sanadora, directa o indirecta, integrativa, regresiva y otros adjetivos que no se corresponden con la evidencia científica y por tanto iatrogénicos, utilizados habitualmente por los vendedores de humo), ni estén calificados oficialmente como pseudociencia, algo que resulta obvio en la mente de cualquier profesional que pretende dar un servicio con hipnosis, sin caer en el fraude o la estafa al consumidor, que el Gobierno de España no está dispuesto a tolerar por más tiempo, habida cuenta de que, como se ha podido constatar, la inmensa mayoría de estos profesionales no sólo ejercen el engaño y la estafa como una profesión, sino que ademas, defraudan a la hacienda pública. Parece lógico que el Gobierno de España jamás emitirá una titulación oficial de «carterista» o «roba-bolsos al tirón«.
El segundo gran escollo es ¿qué entidad perteneciente a la formación profesional se encargaría de la evaluación en esta profesión específica?. Parece igualmente obvio que este tipo de competencias, siempre fueron gestionadas por las facultades de psicología, y no por los centros de formación profesional. Este es un escollo de gran importancia, puesto que las facultades de psicología se niegan en rotundo a reconocer estas aptitudes a ningún profesional que no esté acreditado previamente con un grado de psicología, independientemente de la experiencia que pueda acreditar, y argumentan que desde hace más de 15 años otorgan mediante una titulación privada universitaria este reconocimiento profesional. Su postura parece bastante razonable, y está siendo considerada por el Gobierno de España, considerando también que diferentes colegios oficiales de psicólogos llevan una similar cantidad de años, ejerciendo una formación pos-grado similar o parecida.
Las dificultades de oficializar la hipnosis
Sin duda es un grueso escollo que al Gobierno de España le está costando mucho resolver, y la razón principal por la cual los profesionales de la hipnosis aún no habían sido incorporados al programa de nuevas profesiones oficialmente regularizadas y obtener así su titulación oficial de hipnosis, a diferencia de otras, como los cocineros o bailadores de flamenco, por poner un ejemplo cualquiera, que ya han sido regulados.
Por otra parte, 2 tipos de entidades pretenden la obligación de colegiatura profesional de los profesionales de la hipnosis, una vez se regulen de forma oficial, tal y como determina la legislación española para las profesiones reguladas oficialmente. De una parte, como es natural, los colegios oficiales de psicólogos, que debería crear al efecto una subdivisión de profesionales oficiales sin grado de psicología (algo inaudito hasta ahora), y de otra parte la organizaciones profesionales legales, que se convertirían en colegios profesionales de nueva creación. Ambos tipos de instituciones legales llevan años posicionándose para esta competición, cuyo resultado es todavía muy incierto.
Sin embargo, el escollo más importante que argumentan tanto los profesionales de la hipnosis que pueden acreditar su experiencia profesional, así como las organizaciones profesionales del sector, es que casi con toda seguridad, la evaluación de aptitud será gestionada por las facultades de psicología, y más específicamente por psicólogos expertos en hipnosis clínica, especialmente catedráticos y profesores universitarios, que siempre han considerado a los hipnoterapeutas, que obviamente no poseen un grado de psicología como intrusos, y hacia los que siempre han guardado un evidente rencor, por lo que manifiestamente no serían imparciales en su evaluación.
Este escollo se está convirtiendo en la autentica «piedra del zapato» en la inclusión de los profesionales de la hipnosis dentro del programa de titulaciones oficiales en compensación a la experiencia adquirida, ya que los hipnoterapeutas se niegan en redondo a que su prueba de evaluación sea corregida por los psicólogos expertos en hipnosis clínica, que obviamente les conocen de forma personal en muchos casos, y cuya animadversión es manifiesta y demostrable, solicitando un sistema de evaluación similar al que se siguió en Australia, mediante una comisión científica dependiente del parlamento, que autorice nuevos evaluadores no involucrados profesionalmente, algo que en España se vislumbra como muy poco probable.
Negociando el futuro título oficial
Las negociaciones en este ámbito, iniciadas ya hace algunos años continúan, y tras esta última inyección de dinero público, que la paralizó en base a otras prioridades, en el año 2010-15, hacia otras profesiones menos conflictivas y fáciles de regular, y que constituyó una victoria temporal para las facultades de psicología y los colegios oficiales de psicólogos, entran ahora en una fase de aceleración con el nuevo presupuesto de fondos públicos, presionados con una exigencia del Gobierno de España en esta ocasión, en realizar un esfuerzo de integración por las partes, en previsión de una ocupación profesional regulada, y sobre todo, cotizante del sector, que es lo que el gobierno persigue, además de la protección del consumidor.
Previsiblemente esta última etapa de negociaciones, verá la luz reguladora en 2023, aunque la fecha no se sabe a ciencia cierta, ya que el Gobierno de España tiene prisa en regular este tipo de profesiones de forma rápida, aprovechando la inyección económica europea, sabiéndose muy retrasado en estos asuntos reguladores, por razones diferentes, entre las que destaca el parón económico de la última crisis, con sus deficiencias presupuestarias, y la inestabilidad política producida por la elección de gobiernos que logran con facilidad una investidura parlamentaria, y la remoción de otros anteriores mediante una moción de censura. Todo parece indicar que la titulación oficial de hipnosis se encuentra ya a la vuelta de la esquina.
El sprint final hacia la meta de la titulación oficial de hipnosis ha comenzado. Si usted es un hipnoterapeuta, como se presupone sin un grado de psicología, que pretende acceder a la titulación oficial, comience a revisar sus tributaciones como autónomo, y sus diplomaturas, para no cometer errores en la solicitud, ya que obviamente no es gratuita, y el número de solicitudes procedentes del mismo profesional está limitada en cada año.
Si no tiene una diplomatura legal expedida por una entidad legal en España (no se van a aceptar las extrajeras, ya que necesitan homologarse, y al igual que en otras profesiones, es un procedimiento que dura varios años, además de ser extraordinariamente costoso), disponen de un tiempo limitado para reunir las condiciones. Revise sus papeles, y ánimo … parece que ya queda poco. No creemos necesario aclarar que una vez regulada la titulación oficial de hipnosis, el ejercicio de esta profesión en España sin la posesión de la misma, constituirá un delito de intrusismo profesional, severamente castigado en España, además de un más que posible delito de estafa.
Preguntas frecuentes sobre la titulación oficial de hipnosis
Otros temas de hipnosis que podrían interesarte
Referencias
- Consulta de títulos universitarios oficiales. Ministerio de ciencia, innovación y universidades.
- Correspondencia entre títulos universitarios oficiales. Ministerio de educación y formación profesional.
- B.O.E.: Real Decreto 1002/2010 del 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales.
- Guía para acreditación de titulaciones oficiales. Agència per a la qualitat del sistema universitari de Catalunya.
- Guía de evaluación para el seguimiento de títulos oficiales de Grado y Máster. Fundación para el conocimiento. Madrid.
- Expedición de un título oficial. Universidad de Málaga.
- Qué es un título oficial. Universidad de Burgos.
- B.O.E.: Real Decreto 99/2011, de 28 de enero sobre criterios y directrices de evaluación y acreditación de títulos oficiales de doctorado.
- Protocolo de evaluación para la concesión de títulos oficiales. Agencia nacional de evaluación de la calidad y acreditación.
- Meditación guiada - octubre 2, 2023
- Reiki Usui - septiembre 20, 2023
- Dai ko myo - agosto 29, 2023